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ARTICULO 732.-Actuación de auxiliares. Principio de equiparación El incumplimiento de las personas de las que el deudor se sirve para la ejecución de la obligación se equipara al derivado del propio hecho del obligado.
Introduccion COMENTADA al Art. 732 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 732 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 729 ] [ Art. 730 ] [ Art. 731 ] 732 [ Art. 733 ] [ Art. 734 ] [ Art. 735 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 732 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO I
- Obligaciones en general
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CAPITULO 1
- Disposiciones generales
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También puedes ver: Art.732 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ No es discriminatoria la ley pampeana que exige título de carreras de cinco años para acceder al escalafón profesional
➥ No basta acreditar la prestación de servicios para que opere la presunción de existencia de relación laboral
➥ Condenaron a concejal que exigía dinero para gestionar contratos en favor de integrantes de su agrupación política
➥ Confirmaron las condenas de varios funcionarios por maniobras ilícitas llevadas a cabo en el municipio de Mercedes