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ARTICULO 533.-Cómputo del parentesco En la línea recta hay tantos grados como generaciones. En la coiaterai los grados se cuentan por generaciones, sumando el número de grados que hay en cada rama entre cada una de las personas cuyo parentesco se quiere computar y el ascendiente común.
Introduccion COMENTADA al Art. 533 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 533 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 530 ] [ Art. 531 ] [ Art. 532 ] 533 [ Art. 534 ] [ Art. 535 ] [ Art. 536 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 533 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO SEGUNDO
- RELACIONES DE FAMILIA
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TITULO IV
- Parentesco
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CAPITULO 1
- Disposiciones generales
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También puedes ver: Art.533 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion