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ARTICULO 2458.- Acción reipersecutoria. El legitimario puede perseguir contra terceros adqulrentes los bienes registrables. El donatario y el subadquirente demandado, en su caso, pueden deslnteresar al legitimarlo satisfaciendo en dinero el perjuicio a la cuota legítima.
Fuentes y antecedentes: art. 2403 del Proyecto de 1998
Introduccion COMENTADA al Art. 2458 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 2458 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 2455 ] [ Art. 2456 ] [ Art. 2457 ] 2458 [ Art. 2459 ] [ Art. 2460 ] [ Art. 2461 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2458 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO QUINTO
- TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE
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TITULO X
- Porción legítima
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También puedes ver: Art.2458 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual