- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 1683.- Efectos frente a terceros. El carácter fiduciario de la propiedad tiene efectos frente a terceros desde el momento en que se cumplen los requisitos exigidos de acuerdo con la naturaleza de los bienes respectivos.
Remisiones: ver Libro Tercero, Título IV, Capítulo 31, CCyC.
Introduccion COMENTADA al Art. 1683 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 1683 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 1680 ] [ Art. 1681 ] [ Art. 1682 ] 1683 [ Art. 1684 ] [ Art. 1685 ] [ Art. 1686 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1683 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
>>
TITULO IV
- Contratos en particular
>>
CAPITULO 30
- Contrato de fideicomiso
>
SECCION 3ª
- Efectos
>>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.1683 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ La Ley Bases que deroga las sanciones de la Ley de Empleo permite que el trabajador reclame su reparación integral
➥ Rechazaron ampliar la acusación fiscal admitiendo el recurso del imputado por abuso sexual
➥ Revocaron la decisión que reincorporaba al agente cesanteado por cometer actos de violencia sexual
➥ El máximo tribunal entrerriano dictó nueva sentencia en la causa que originó la Ley Micaela