Definición de RESERVAS BANCARIAS


    Las garantías en oro, plata u otros valores materiales muy estimados que aseguran la circulación de los billetes ^de banco. En buena economía,las reservas deben cubrir toda la emisión; pero, como esto no conviene a los banqueros, los economistas determinan que basta un 40 ó 50 % para estimar suficiente la solidez del papel circulante.
    Además de esa reserva del crédito nacional, las instituciones bancarias deben mantener en efectivo cierta cantidad de dinero, para los retiros de fondos que los cuentacorrentistas y titulares de depósitos de ahorros u otros hagan, para no entorpecer la propiedad de los que tienen tales créditos contra los bancos. Las reservas pueden ser fijadas por los estatutos, o por ley r-pero no suelen exceder casi nunca del 20 ó 25 %, para aprovechar al máximo las disponibilidad de maniobra financiera de las instituciones; y por la experiencia de que en tiempo normal no se efectúan retiros de fondos en cuantía mayor que los depósitos, pagos o ingresos, con lo cual la misma clientela asegura la existencia de numerario. Y de producirse un pánico, por guerra, alteración grave del orden público, realidad o rumor de quiebra, no basta reserva alguna, salvo la integral, incompatible con estos establecimientos, (v. RESERVA MERCANTIL.)

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