- Poder pleno que se concede a otro para que negocie, ejecute, concluya o resuelva algo. Se refiere de modo especial al que los jefes de Estado conceden a los embajadores u otros representantes para que en Congresos, conferencias o reuniones internacionales gestionen en nombre del propio país, lo cual no excluye la consulta frecuente, de modificarse el planteamiento de los problemas o producirse actitudes inesperadas en los restantes plenipontenciarios.
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