- Locución latina. Derecho de retirar. Se refería a los materiales o plantaciones que, sin deterioro de la cosa a que pertenecieran o donde estuvieren, podía llevarse el plantador o constructor en suelo ajeno. Fué hecho extensivo este derecho al marido en cuanto a los gastos suntuarios o útiles realizados en el fundo dotal. (v. GASTOS ÚTILES y SUNTUARIOS.)
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➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda