- Locución latina. Jura mentó del liberto. El prestado por el manumitido, en el instante mismo de su liberación de la esclavitud, y que lo constituía en la obligación (como primer acto de su libertad...) de prestar gratuitamente determinados servicios a su antiguo dueño, que por lo común era un número determinado de jornadas de trabajo anuales, (v. "OPERAE FABRILES" y "OFFI CIALIS".)
[Inicio] >>

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda