Definición de JURISDICCIÓN DELEGADA


    La que ejerce un juez o magistrado por delegación de un superior, circunscrita a un asunto o tiempo determinados. Antiguamente, la ejercida en nombre del rey, pero tan sólo simbólicamente; ya que ni a éste en las monarquías constitucionales ni a su gobierno responsable )y ello en virtud de la separación de poderes) corresponden atribuciones para sugerir el fallo ni para revisarlo.
    Sobre esta jurisdicción, e1 Cód. de Proc. Civ. de la Cap. Fed. arg. establece que no podrá ser delegada la jurisdicción de unos jueces a otros, pues habrán de conocer por ellos mismos de las causas de su competencia; sin perjuicio, cuando sea necesario, de las comisiones para diligencias determinadas que sean confiadas a jueces de otras localidades (art. 29). (v. JUEZ DELEGADO; JURISDICCIÓN PROPIA y PRORROGADA.)

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