- Comprendiendo por ésta de modo particular la del concurso de acreedores, tiene, en cuanto a sus gastos, privilegio con relación a los bienes muebles e inmuebles del deudor en la forma y orden determinados en el art. 1:924 del Cód. Civ. esp.
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual