- Razón o causa para eximirse de una carga o cargo públicos. Motivo fundado o simple pretexto para disculparse de una acusación. Descargo. | | Excepción.
Dentro de lo penal, la palabra excusa expresa do3 ideas muy diferentes. En un sentido, cabe excusarse para demostrar que uno no es culpable; y en otro, para hacer ver que, aun culpable, se es mucho menos de lo que parece. Se distinguen así dos especies de excusas: las perentorias, que destruyen la suposición o sospecha de culpabilidad del acusado, hasta el grado de no poder vacilar el juez en cuanto a la absolución; y las atenuantes, cuyo efecto consiste en disminuir la culpabilidad y, en consecuencia, la pena. (v. CIRCUNSTANCIAS ATENUANTES.) Excusa se denomina, asimismo, el derecho que el propietario de una finca o de ciertos ganados concede a los guardianes de aquélla o a los pastores de éstos, para que, a beneficio particular de ellos y como parte de su salario o retribución, apacienten de modo gratuito algunas cabezas de ganado. También se llama excusa a las cabezas de ganado que los pastores o guardas poseen en tales condiciones. (357, 1.687, 1.883, 2.138, 2.714, 2.715, 2.899, 3.391, 3.449, 3.964, 4.218, 4236, 5.435, 6.128, 6.645.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual