- El actualmente aplicado. El promulgado una vez y no derogado expresa o tácitamente, esto último por efecto de una ley posterior incompatible. Contra el Derecho vigente no surte efecto el desuso, según declaran los códigos; con olvido de que, de existir ese desuso, se consagra la efectividad de la práctica condenada. Tal vez el pensamiento exacto es que las leyes no se derogan por prescripción extintiva; que cabe aplicarlas por larga intermitencia en plantearse la situación regulada por ellas, (v. DERECHO DEROGADO.) (218.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual