Definición de DERECHO DE LAS OBLIGACIONES


    Conjunto de relaciones, por lo común patrimoniales, que establecen vínculos entre dos o más personas, por el deber jurídico de dar, hacer o no hacer alguna cosa. El Derecho de las obligaciones se basa en la ley o en la voluntad personal; ésta puede ser unilateral o bilateral, en cuyo caso comprende todo el ámbito de los contratos; obligaciones legales son numerosos deberes civiles, tanto personales como patrimoniales, y las pecuniarias derivadas de delitos y cuasidelitos. Los cuasicontratos, otra de las fuentes de obligaciones, poseen, a este respecto, naturaleza mixta, (v. OBLIGACIÓN y las principales voces cit.)

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