- Se formula en iguales términos que la ordinaria (v. DEMANDA y art. 524 de la Ley de Enj. Civ. esp.); pero ha de contener además la protesta )en este caso, aceptación) de abonar pagos legítimos. Se han de acompañar "copias de la misma y de los documentos, para entregarlos al deudor al citarlo de remate" (art. 1.439 de la cit. ley). Sin audiencia del demandado, el juez examina la demanda y los documentos presentados, y despacha o niega la ejecución, según carezcan, o no, los títulos de efectos legales para el caso, (v. Juicio y TÍTULO EJECUTIVO.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual