Definición de CULPA LEVE


    La negligencia en que no incurre un buen padre de familia; como la de no cerrar con llave los muebles de su casa en que guarde objetos de valor o interés. Los intérpretes del Derecho romano distinguen dos especies de culpa leve; a) en abstracto, en que el deudor es equiparado a un administrador celoso y diligente; b) en concreto, en que el deudor es juzgado en relación con la deuda o prestación como si se tratara de algo suyo en el que el egoísmo le llevara a extremar más las precauciones. Esta es especie intermedia entre la culpa lata o grave y la culpa levísima o venial. (v. ambas clases de culpa.)

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