Definición de CULPA LATA


    El descuido o desprecio absoluto en la adopción de las precauciones más elementales para evitar un mal o daño; que en el Derecho romano se caracterizaba por la negligencia en que no incurriría el administrador más torpe; como interrumpir una prescripción estando presente, dejar el dinero al alcance de extraños, romper un documento sin haberlo leído, no hacer ninguna reparación en los edificios necesitados de ellas, ni las labores que las cosechas precisen. Esta especie de culpa se aproxima bastante al dolo. (v. CULPA LEVE.) (479, 1.411, 1.419, 2.029, 2.061, 3.077, 3230, 4.053, 4.128, 5.750.)

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