- Acción del arrendatario. Por ella, de carácter personal, in jus, incierta y de buena fe, su titular podía reclamar del arrendador la obligación de permitirle el disfrute de cosa, en el arrendamiento de cosas (loratio rei); la de proporcionarle trabajo, en el arrendamiento de obras y servicios (locatio operarum); o la de pagarle, como empresario, el precio fijado de antemano como retribución del trabajo encargado (locado operis fací en di).
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