- La pertinente para reivindicar los bienes inmuebles, o hacer efectivos los demás derechos sobre los mismos, prescribe a los treinta años; salvo que el poseedor haya ganado legítimamente el dominio por el transcurso de diez años entre presentes y veinte entre ausentes, contando con buena fe y justo título, (v.
ACCIÓN INMOBILIARIA y REAL; BIENES INMUEBLES.)
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales