- Reunión, en el poseedor actual, de las posesiones de dos personas diferentes )la suya y la de un poseedor anterior, del cual trae su causa), para poder así, sumadas ambas, prescribir ma9 rápidamente. Este principio está expresamente reconocido por el Cód. Civ. csp. ni establecer que, en el cómputo del lapso necesario para prescribir, "el poseedor actual puede completar el tiempo necesario para la prescripción, uniendo al suyo el de su causante** (art. 1.960). (v. PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA.)
[Inicio] >>

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales