Definición de ABANDONO DE RECURSO


    Acción Y efecto de dejar un recurso iniciado, de no proseguir sus trámites. El abandono de recurso se produce por inactividad del recurrente después de presentado el recurso y antes de encontrarse pendiente sólo del fallo. En el supuesta de faltar únicamente la resolución del tribunal, salvo gravísima negligencia de éste, no cabría abandonar el recurso sino por allanamiento o desistimiento expreso, (v. ABANDONO DE ACCIÓN.)

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