- Acción Y efecto de dejar un recurso iniciado, de no proseguir sus trámites. El abandono de recurso se produce por inactividad del recurrente después de presentado el recurso y antes de encontrarse pendiente sólo del fallo. En el supuesta de faltar únicamente la resolución del tribunal, salvo gravísima negligencia de éste, no cabría abandonar el recurso sino por allanamiento o desistimiento expreso, (v. ABANDONO DE ACCIÓN.)
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual