- Acción Y efecto de dejar un recurso iniciado, de no proseguir sus trámites. El abandono de recurso se produce por inactividad del recurrente después de presentado el recurso y antes de encontrarse pendiente sólo del fallo. En el supuesta de faltar únicamente la resolución del tribunal, salvo gravísima negligencia de éste, no cabría abandonar el recurso sino por allanamiento o desistimiento expreso, (v. ABANDONO DE ACCIÓN.)
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➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales