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Art. 264 .- - La secretaría llevará un libro que podrá ser examinado por las partes, sus mandatarios o abogados, en el cual se hará constar la fecha del sorteo de las causas, la de remisión de los expedientes a los jueces y la de su devolución.
Concordancias: CPN. art. 269; Cat., art. 269; Chaco, art. 267; Chubut. art. 269; Córd.. art 379; ERios,, art. 261; Form.. art. 267: LPampa, an. 267; Mis, art. 269; Neuq., art. 269: RNcgro, art. 269; SJuan, art. 269; SLuis, art. 269; SCruz. art. 268; SFe. art. 373: SdelEstero. art. 264.
§ 1. Concepto. - La secretaría de la sala del tribunal donde hayan quedado radicadas las actuaciones llevará un libro, que podrá ser axaminado por las partes, sus mandatarios o abogados. De esta manera los interesados podrán conocer la fecha del sorteo de la causa y el orden de votación de los magistrados, el pase de la causa de un juez a otro y el tiempo que permanece a estudio.
Ver articulos: [ Art. 261 ] [ Art. 262 ] [ Art. 263 ] 264 [ Art. 265 ] [ Art. 266 ] [ Art. 267 ]
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También puedes ver: Art.264 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda