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Art. 212 .- - Durante el proceso podrá decretarse el embargo preventivo:
1) En el caso del art. 63.
2) Siempre que por confesión expresa o ficta, o en el caso del art. 354, inc. 1, resultare verosímil el derecho alegado.
3) Si quien lo solicita hubiese obtenido sentencia favorable, aunque estuviere recurrida.
Concordancias: CPN, art. 212; Cat., art. 212; Chaco, art. 212; Chubut, art. 212; Córd., art. 561 ERios, art. 209; Form., art. 212; Jujuy, arts. 197 y 260; LPampa, art. 214; LRioja, art. 100; Mis., art. 212; Neuq., art. 212; RNegro, art. 212; Salta, art. 212; SJuan,
art. 217, SLuis art. 212, SCruz art ¿? , SFe art. 279, SdelEstero, art. 212; Tdel Fuego art 240.
§ 1. Enunciación no taxativa. La enunciación del precepto no impide el dictado de otras medidas cautelares en tanto se acrediten los presupuestos generales (art. 95 y ss.), conforme las circunstancias del caso, demostrando acabadamente los recaudos legales.
§ 2. Rebeldía. - La sola comparecencia del declarado rebelde no tiene efecto alguno sobre la subsistencia de las medidas cautelares decretadas en su contra.
§ 3. Confesión. - Se impone alegar el peligro en la demora, como requisito de la medida cautelar.
§ 4. Sentencia sujeta a recurso. - La sentencia favorable, aun cuando no se hallare firme, otorga a su beneficiario una presunción de verosimilitud de su derecho, procediendo el embargo preventivo que tiende a asegurar el crédito,
§ 5. Criterio para fijar la contracautela. - Como se ha decidido, es una cuestión fáctica: tipo de sentencia, consideraciones que la sustentan y derecho declarado en la misma, en especial la conducta de los justiciables antes del juicio, durante el mismo y actividad asumida frente a la decisión, el interés de las partes y daño que puede, producir (CCiv Cora SIsidro, Sala I, 21/8/80, LL, 1980-D- 103).
Ver articulos: [ Art. 209 ] [ Art. 210 ] [ Art. 211 ] 212 [ Art. 213 ] [ Art. 214 ] [ Art. 215 ]
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Libro I
- Disposiciones Generales
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Título IV
- Contingencias Generales
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CAPÍTULO III
- Medidas Cautelares
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Sección 2a
- Embargo Preventivo
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También puedes ver: Art.212 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Ratificaron la destitución de una jueza por ignorancia del derecho e incumplimiento reiterado de sus obligaciones
➥ Sobreseyeron por prescripción a uno de los imputados negando el beneficio a quienes continuaron abusando de la víctima
➥ Revocaron la sentencia que había rechazado el retiro del policía por incapacidad total por acto de servicio
➥ Ratificaron la improcedencia de la capitalización anual de los créditos laborales desde la notificación de la demanda