- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 3650 .- El testamento ológrafo vale como acto público y solemne; pero puede ser atacado por su fecha, firma o escritura, o por la capacidad del testador, por todos aquellos a quienes se oponga, pudiendo éstos servirse de todo género de pruebas.
Nota:3650. TROPLONG, desde el núm. 1498. MARCADE, sobre el art. 970, núm. 18. DEMOLOMBE trata esta materia extensamente en el t. 21, desde el núm. 142. Lo mismo AUBRY y RAU, § 669. No es preciso entablar una acusación de falsedad: basta limitarse a negar o desconocer la escritura, y entonces se procederá a los medios de verificarla. DEMANTE, t. 4, núm. 115 bis, § 8.Todas las cuestiones a que pueda dar lugar un testamento ológrafo por su escritura, fecha o firma del testador, se encuentran tratadas en DEMOLOMBE, t. 21, desde el núm. 59; y en TROPLONG, en el comentario al art. 970 del Cód. francés.
CAPITULO II
Del testamento por acto público
Ver articulos: [ Art. 3647 ] [ Art. 3648 ] [ Art. 3649 ] 3650 [ Art. 3651 ] [ Art. 3652 ] [ Art. 3653 ]
¿Qué artículos del Código Civil y Comercial Argentina se CORRELACIONAN con El ARTICULO 3650 con el Código Civil de Velez?
Codigo Civil Velez Sarsfield Anotado >>
LIBRO IV
- DE LOS DERECHO REALES Y PERSONALES
>>
TITULO XII
- De las formas de los testamentos
>>
CAPITULO I
- Del testamento ológrafo
>
SECCION PRIMERA
- DE LA TRANSMISION DE LOS DERECHOS POR MUERTE DE LAS PERSONAS A QUIENES CORRESPONDIAN
>>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.3650 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion