- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 296.-Eficacia probatoria El instrumento público hace plena fe:
a) en cuanto a que se ha realizado el acto, la fecha, el lugar y los hechos que el oficial público enuncia como cumplidos por él o ante él hasta que sea declarado falso en juicio civil o criminal; b) en cuanto al contenido de las declaraciones sobre convenciones, disposiciones, pagos, reconocimientos y enunciaciones de hechos directamente relacionados con el objeto principal del acto instrumentado, hasta que se produzca prueba en contrario.
Fuentes: arts. 993 a 995 CC; art. 272 del Proyecto Código Civil 1998.
1. introducción
El artículo refiere en sus incisos, tanto a las declaraciones formalmente esenciales del instrumento "”a las declaraciones de contenido o a aquellas dispositivas de las partes; a las enunciaciones directas y a las enunciaciones simples que contienen el instrumento público otorgado"” como a los modos de impugnación, según se trate de las cláusulas esenciales del inc. a o de las cláusulas dispositivas previstas en el inc. b.
Interpretacion COMENTADA al Art. 296 (con jurisprudencia)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 293 ] [ Art. 294 ] [ Art. 295 ] 296 [ Art. 297 ] [ Art. 298 ] [ Art. 299 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 296 del Código Civil y Comercial Argentina?
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 296 del Código Civil y Comercial
- Fallos: Tomo 345 - Página 230
- Fallos: Tomo 345 - Página 236
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
>>
TITULO IV
- Hechos y actos jurídicos
>>
CAPITULO 5
- Actos jurídicos
>
SECCION 4ª
- Instrumentos públicos
>>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.296 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual