ARTICULO 1034 Garantías comprendidas en la obligación de saneamiento del C.C.C. Comentado Infojus Argentina


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    ARTICULO 1034.-Garantí­as comprendidas en la obligación de saneamiento El obligado al saneamiento garantiza por evicción y por vicios ocultos conforme a lo dispuesto en esta Sección, sin perjuicio de las normas especiales.

    1. introducción

    La fuente de la obligación de sanear los vicios jurí­dicos o materiales ocultos, existentes en la cosa al tiempo de la entrega, es la transmisión. Es, a partir de ella, que nace la obligación de sanear.
    Evicción y vicios ocultos son especies de la garantí­a general de saneamiento. Este Código regula los aspectos comunes de ambas, considerando su ámbito de aplicación, naturaleza jurí­dica y efectos. En la evicción se regulan los requisitos de admisibilidad de la acción, el régimen de defensa en juicio, la cesación de la responsabilidad y la prescripción. En el parágrafo tercero, dedicado a los vicios ocultos o redhibitorios, se ocupa del ámbito de aplicación, la modificación de la garantí­a, su caducidad y las acciones por responsabilidad.
    A diferencia del CC, que ubicaba la cuestión de la garantí­a de saneamiento en medio de los contratos en particular, este Código la regula en la parte general de los contratos, mejorando con ello la metodologí­a empleada. Tal como se hací­a en el Proyecto de 1998 se incluyen, en primer término, disposiciones generales y luego, normas especí­ficas para la responsabilidad por evicción y por vicios ocultos. La regulación se integra con lo dispuesto sobre evicción en otras partes del Código, entre las que se encuentran los contratos en particular: dación en pago (art. 943 CCyC); permuta (art. 1174 CCyC); locación (art. 1220 CCyC); donación (arts. 1556 y 1557 CCyC); fianza (art. 1598 CCyC); cesión (arts. 1628 a 1631 y 1639 a 1640 CCyC); cesión de herencia (art. 2305 CCyC); partición (arts. 2404 a 2406 CCyC); evicción con relación a los donatarios (art. 2419 CCyC); partición por testamento (art. 2423 CCyC); y evicción en los legados (art. 2503 CCyC).

    Interpretacion COMENTADA al Art. 1034 (con jurisprudencia)

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    LIBRO TERCERO
    - DERECHOS PERSONALES
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    TITULO II
    - Contratos en general
    >>
    CAPITULO 9
    - Efectos
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    SECCION 4ª
    - Obligación de saneamiento
    >>


    Parágrafo 1°
    - Disposiciones generales
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