- << Art Anterior || Art Siguiente >>
ARTICULO 2307.- Obligaciones del cesionario. El cesionario debe reembolsar al cedente lo que éste pague por su parte en las deudas y cargas de la sucesión hasta la concurrencia del valor de la porción de la herencia recibida. Las cargas particulares del cedente y los tributos que gravan la transmisión hereditaria están a cargo del cesionario si están impagos al tiempo de la cesión.
Fuentes y antecedentes: art. 1558 del Proyecto de 1998.
Introduccion COMENTADA al Art. 2307 (con doctrina)
2. Interpretación
El cedente tiene el deber de entregar lo comprometido, a la vez que responde por las deudas del causante y por las cargas generales de la herencia.
El cesionario reembolsará al cedente lo que este pague en las deudas y cargas de la sucesión, solo hasta el valor de los bienes que recibe, porque estas deudas integran el pasivo de la herencia cedida.
Esto implica que, en principio, el cesionario no puede ser perseguido en sus propios bienes por deudas hereditarias.
Las cargas particulares del cedente y los tributos que gravan la transmisión hereditaria están a cargo del cesionario, si están impagos al tiempo de la cesión.
Introduccion COMENTADA al Art. 2307 (con doctrina)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 2304 ] [ Art. 2305 ] [ Art. 2306 ] 2307 [ Art. 2308 ] [ Art. 2309 ] [ Art. 2310 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 2307 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO QUINTO
- TRANSMISION DE DERECHOS POR CAUSA DE MUERTE
>>
TITULO III
- Cesión de herencia
>>
<< Art Anterior || Art Siguiente >>
También puedes ver: Art.2307 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual