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ARTICULO 1828.- Títulos representativos de mercaderías. Los títulos representativos de mercaderías atribuyen al portador legítimo el derecho a la entrega de la cosa, su posesión y el poder de disponerla mediante la transferencia del título.
Introduccion COMENTADA al Art. 1828 (con doctrina)
Interpretación
Se trata de títulos valores que circulan mediante endoso, y que otorgan al portador legitimado derecho a exigir la entrega de la cosa a que hace referencia el documento, mantenerse en la posesión de ella y negociarla transfiriendo el título.
La disposición deja en claro los derechos a los que accede la adquisición del documento, cuya particularidad consiste en tratarse de un título representativo de mercaderías.
Introduccion COMENTADA al Art. 1828 (con doctrina)
Fuente del Codigo Comentado Infojus Ver articulos: [ Art. 1825 ] [ Art. 1826 ] [ Art. 1827 ] 1828 [ Art. 1829 ] [ Art. 1830 ] [ Art. 1831 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 1828 del Código Civil y Comercial Argentina?
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
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- Otras fuentes de las obligaciones
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- Disposiciones generales
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También puedes ver: Art.1828 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion