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ARTICULO 994.-Disposiciones generales Los contratos preliminares deben contener el acuerdo sobre los elementos esenciales particulares que identifiquen el contrato futuro definitivo. El plazo de vigencia de las promesas previstas en esta Sección es de un año, o el menor que convengan las partes, quienes pueden renovarlo a su vencimiento.
Introduccion COMENTADA al Art. 994 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 994 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 991 ] [ Art. 992 ] [ Art. 993 ] 994 [ Art. 995 ] [ Art. 996 ] [ Art. 997 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 994 del Código Civil y Comercial Argentina?
Fallos de la CSJN relacionados al artículo 994 del Código Civil y Comercial
- Fallos: Tomo 347 - Página 1005
Codigo Civil y Comercial Infojus Argentina >>
LIBRO TERCERO
- DERECHOS PERSONALES
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TITULO II
- Contratos en general
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CAPITULO 3
- Formación del consentimiento
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SECCION 4ª
- Contratos preliminares
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También puedes ver: Art.994 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
➥ Condenaron al hombre que usando Telegram exigía dinero al damnificado para no hacer públicos sus encuentros sexuales