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ARTICULO 182.-Intransmisibilidad La calidad de asociado es intransmisible.
Introduccion COMENTADA al Art. 182 (con doctrina)
Interpretacion COMENTADA al Art. 182 (con jurisprudencia)
Ver articulos: [ Art. 179 ] [ Art. 180 ] [ Art. 181 ] 182 [ Art. 183 ] [ Art. 184 ] [ Art. 185 ]¿Qué artículos del Código Civil de Velez Argentino se CORRELACIONAN con El ARTICULO 182 del Código Civil y Comercial Argentina?
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LIBRO PRIMERO
- PARTE GENERAL
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TITULO II
- Persona jurídica
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CAPITULO 2
- Asociaciones civiles
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SECCION 1ª
- Asociaciones civiles
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También puedes ver: Art.182 Codigo Procesal Civil y Comercial Nacion

➥ Declararon prescripta la causa contra la provincia por la muerte del padre de la actora mientras estaba en la cárcel
➥ Aunque el agente que murió tras forcejear con un preso sufría de cardiopatía congénita la ART debe indemnizar
➥ Revocan el sobreseimiento por prescripción de quien habría cometido abuso sexual mientras desempeñaba un cargo público
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