Definición de VÍA PÚBLICA


    La vía de comunicación destinada a la circulación de las personas, tránsito de animales y vehículos; como calles, plazas, caminos, carreteras y otras análogas, (v. las principales voces cit.) Las vías públicas surgen como una necesidad colectiva que deshorda la relación multiprivada de infinitas servidumbres de paso (v.e.v.); pues el dominio privado sobre toda la superficie de la tierra impediría la vida de relación. Por ello las vías públicas, de uso común, y propiedad colectiva o de nadie, se han conocido por doquier, sin suscitar recelos ni de los más individualistas. En las poblaciones son tan necesarias las calles (para transitar) como las casas para vivir; y no habría agrupación de aquéllas sin esa separación y unión entre las viviendas. Entre les pueblos o poblaciones, las vías públicas son el medio más sencillo y cómodo y corto de trasladarse de uno a otro.
    La víq pública, por serlo, por la posibilidad de que cualquiera se encuentre en ella en todo momento, lleva a extremar la policía; tanto para seguridad de. los pobladores como para limpieza, evitar manifestaciones verbales o de hecho contra la moral y el orden establecido, garantizar la propiedad, etc.
    Las vías públicas originan la casuística y frondosa reglamentación del tránsito de vehículos, e incluso de la circulación de las personas en las grandes urbes.
    Los derechos de manifestación se ejercen en la vía pública. (79, 1.055, 1.056, 3.896.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...