- Indole de un título jurídico. Calidad del titular de un derecho o de otra relación jurídica.
Si se quiere un concepto técnico, se tiene el oscurísimo de Uñarte: "Cualidad jurídica que determina la entidad del poder de una persona sobre un derecho o una pluralidad de derechos dentro de una relación jurídica".
El mencionado autor distingue numerosas clases de titularidad. 1* Por el carácter de la persona que tiene el poder jurídico: a) en nombre propio; b) por representación legal o voluntaria; c) por persona jurídica; d) de la sociedad conyugal; e) de gestor. 2* Por la entidad del poder jurídico que confiere: a) en propiedad (sobre cosa singular, sobre un patrimonio, en el crédito, la potestad familiar y en las propiedades especiales); b) subordinada (usufructuario, usuario) ; c) compartida (condominio, solidaridad) ; d) de mera posesión; c) aparente (por título nulo o simulado); /) provisional (albacea, representante del ausente). 3* Por el alcance de la gestión sobre un objeto jurídico: a) de disposición; b) de administración; c) de conservación. 4* Por la entidad del objeto jurídico sobre el cual recae: a) de dominio o valor en uso; b) de valor en cambio o en venta (derecho de hipoteca). 5* Por la naturaleza de la relación jurídica: a) fundada en una material (propietario o acreedor); A) (litigante
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