Definición de SENTENCIA CONGRUENTE


    La acorde y conforme con las cuestiones planteadas por las partes, ya las admita o rechace, condenando o absolviendo. La exigencia de este requisito se declara en la ley así: "Las sentencias deben ser claras, precisas y congruentes con las demandas y demás pretensiones deducidas oportunamente en el pleito, haciendo las* declaraciones que éstas exijan, condenando o absolviendo al demandado y decidiendo todos los puntos litigiosos que hayan sido objeto de debate" (art. 359 de la Ley de Enj. Civ. esp.).
    El principio procesal de la congruencia, de acuerdo con ese precepto y con la jurisprudencia, se concreta así por sent. dei 17 de enero de J920 del Trib. Supr.
    esp.: "Una relación de conformidad o conveniencia entre las peticiones oportunamente deducidas en el juicio y la parte dispositiva de la sentencia, a fin de que, correspondiéndose adecuadamente aquéllas y ésta, queden resueltas en sentido afirmativo o negativo todas las cuestiones controvertidas; bien por uno o varios pronunciamientos, bien por una fórmula general, como es la absolución pura y simple de la demanda o reconvención, con lo cual se consigue la finalidad del juicio, que no es otra que definir y hacer efectivo el derecho de las partes y evitar contiendas sobre los mismos puntos litigiosos".
    La congruencia exige lá petición en tiempo y forma.
    que es posible en lo civil: en la demanda, en la contestación a la misma, en los escritos de réplica y dúplica y en el de ampliación.
    La incongruencia de la sentencia determina la posibilidad de apelar con fundamento, y la de interponer, en su caso, el recurso de casación por infracción de la ley (v.e.v.). Habrá lugar a este recurso: Cuando la sentencia no sea congruente con las pretensiones oportunamente deducidas por los litigantes" (art.
    1.692 de la Ley de Enj. Civ. esp.).
    La sentencia puede ser incongruente de tres modos:
    que originan respectivamente, las denominadas sentencia "citra petita" (la que omite fallar sobre uno, varios.o todos los puntos litigiosos), sentencia Mextra petita" (la que resuelve una cuestión no planteada) y la sentencia "ultra petita" (cuando concede más de lo pedido). No hay incongruecia si el fallo acepta menos de lo reclamado, que es lo habitual, ante la exageración de las partes, (v. las tres espe- cii.3 de sentencias menc.)

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