- Premio o recompensa, anunciada públicamente (en la prensa, en la radio, por medio de cine, carteles, prospectos, circulares, etc.), a favor de la persona que ejecute un acto, realice un invento o haga cualquiera otra cosa concreta.
El tratadista español Pérez Alguex entiende que, pese al silencio del Código Civil, y aun cuando el Trib. Supr. se haya pronunciado en contra, si bien por estimar inmoral la recompensa ofrecida a un policía por actos de su profesión, la pública promesa es eficaz en buenos principios de Derecho, y razona así: "La realidad nos demuestra la práctica frecuente de las promesas al público. A diario aparecen en la prensa anuticios de recompensa o gratificación al que halle un determinado objeto, se ofrece un premio por la captura de un criminal y se abren concursos para premiar obras científicas y artísticas. Creemos que a esta práctica acompaña un convencimiento de la colectividad sobre la eficacia jurídica de las promesas, y no sería muy aventurado sostener la existencia de un Derecho consuetudinario sancionador de aquéllas. No pudiendo decirse qué se trate de costumbre contra la ley (art. 5® del Cód. Civ.), tal costumbre puede aplicarse en defecto de ley exactamente aplicable (art. 6®). Ciertamente que será difícil puntualizar esa opinio juris seu necessitate respecto a la eficacia obligatoria de la promesa; pero está en la conciencia de todos, y nada se opone, cuando se presente la ocasión, a qiu? los tribunales la reconozcan y den fijeza a un Derecho consuetudinario en tal sentido", (v. PROMESA SIMPLE.)
[Inicio] >>