- Proveedor. Juez eclesiástico en que el obispo delega su jurisdicción* para el conocimiento de las causas canónicas.
El Codex establece que en los obispados habrá un oficial con potestad ordinaria para administrar justicia, distinto del vicario general (v.e.v.) ; lo cual establece una separación en el ejercicio delegado de las jurisdicciones contenciosa y voluntaria. Esto ha creado, según observa Ferreres, cierta confusión técnica en España, donde se llamaba provisor a quien ejercía la jurisdicción graciosa, y vicario general al encargado de la contenciosa. Mientras ahora, el vicario general del Codex ejerce la voluntaria; y el oficial, la contradictoria.
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