Definición de PROHIBICIÓN


    Orden negativa. Su infracción supone siempre una acción en contra, más grave en principio que la omisión indolente de una actividad obligatoria. Además de mandato de no hacer, significa vedamiento o impedimento en general. Denominación de ciertos sistemas que suprimen en absoluto determinadas actividades, aun cuando sea el medio de fomentar su ejercicio clandestino; y así se ha llamado al régimen establecido en los Estados Unidos por la Ley seca (v.e.v.) y al instaurado en la Argentina, por ley de 1935, sobre la prostitución, (V. LEY PROHIBITIVA.) (7, 36, 79, 113, 256, 372, 1.424, 1.460, 1.692. 1.904, 1.923, 1.968, 2.136, 2276, 2.277, 2.523, 2.524, 2.525, 2.595. 3.098. 3.435, 3.453, 3361, 3.657, 3.699, 3.732, 3.779, 3.839, 3.850, 3.851, 3.866, 4240, 4.915, 5.963, 6.004, 6273, 6.321.)

    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...