- El Cód. Pen. esp. de 1944, contiene esta modalidad delictiva, enérgicamente sancionada, en su art. 207, que dice: "El que hollare, arrojare al suelo o de otra manera profanare las sagradas formas de la Eucaristía, será castigado con la pena de prisión menor".
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual