- Disposición legislativa emanada del poder real o imperial y que sólo en las formas de su publicación se diferenciaba de los reales decretos y reales órdenes. La palabra se tomó del Código de Justiniano. En el antiguo Derecho romano, una de las formas que revestían las constituciones imperiales. Se redactaba en forma de carta por una oficina especial de la cancillería; y estaba destinada a zanjar controversias, a conceder privilegios a particulares o corporaciones o a. regular sobre una cuestión concreta, como la estructura de una provincia.
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