- Locución latina. Extranjero rendido. Durante la República romana, el originario de un páís cuyos pobladores se habían rendido a discreción a los romanos, sin haber recibido ningún estatuto jurídico favorable. En la época imperial, el sujeto libre que no pertenecía a ninguna ciudad determinada, ya por ser de lugar en que no hubiera régimen municipal romano, por haberlo destruido este pueblo, por ser un romano privado de sus derechos de ciudad, como pena, y por ser un manumitido indigno o cuyo amo fuera también extranjero rendido.
Los peregrinos de esta especie se regían con arreglo a las normas del "Jus Gentium" (v.e.v.).
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➥ Se conocieron las condenas por la sedición policial de diciembre de 2013
➥ Condenaron por abuso sexual agravado a quien decía tener poderes sobrenaturales para llevar a cabo su cometido
➥ Rechazaron el amparo para evitar espectáculos de jineteada y doma entendiendo que no representan crueldad equina
➥ El Jurado de Enjuiciamiento absolvió al juez cuya secretaria le había imputado acoso sexual