- Él (fue surge y existe entre el marido y los parientes consanguíneos de su mujer y, recíprocamente, entre esta y los parientes naturales de su consorte. Legal y canónicamente, sólo se reconoce, ya que ha de ser legal a todos los efectos este parentesco, la afinidad (v.e.v.) proveniente de legítimo matrimonio, consumado o no.
Este parentesco es el existente entre suegros y yernos o nueras y entre cuñados. Como la afinidad no crea afinidad, no hay parentesco alguno entre consuegros ni entre hermanastros; al punto de poderse casar eventualmente entre sí sin necesidad de dispensa alguna.
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