Definición de PARENTESCO ESPIRITUAL


    El que se contrae por razón de bautismo entre los padrinos y el ahijado, y entre éste y el ministro del sacramento. Aunque se extiende también a la confirmación, sólo el parentesco espiritual resultante del bautismo constituye impedimento para el matrimonio, según el canon 1.079 del Codex. (v. PADRINO.)

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