- El mismo texto legal. Escriche dice que por palabras de la ley deben entenderse los términos en que ésta se halle concebida; pero vulgarmente no se entiende sino ciertas expresiones que las leyes dan y señalan por gravemente injuriosas, y que ofenden y piden satisfacción. La Nov. Recop., en su lib. XII, tít. XXV, ley l para evitar dudas, citaba algunas de estas "selectas" voces? cual las de gafo, sodomita, traidor, hereje, etc.
En esta última acepción se dice también palabras del duelo, sin duda porque ofensas de tal calibre provocaban en tiempos caballerescos el desafío a combate singular.
[Inicio] >>