Definición de OFICINA INTERNACIONAL DEL TRABAJO


    Es muy probable que ningún organismo internacional, a través de los siglos de esfuerzos colectivos más o menos sinceros por la paz mundial, haya realizado labor de la jerarquía y de la eficacia de esta entidad surgida como consecuencia de la Primera guerra mundial, y que tiene su partida de nacimiento en el Tratado de Versalles, del cual es timbre de imperecedera gloria.
    Aun cuando sus antecedentes lejanos se encuentren en las aspiraciones de las masas trabajadoras, concretadas en memorables congresos de finales del siglo XIX y comienzos del xx„ el momento inicial directo de la Oficina Internacional, del Trabajo (el Burean International du Travail) se encuentra en la conferencia preliminar de la paz, que en su sesión del 25 de enero de 1919 adoptó la siguiente resolución: "Que una moción, compuesta de dos representantes de cada una de las cinco grandes potencias y de cinco representantes elegibles por las otras, potencias representadas en la Conferencia de la Paz, sea nombrada para hacer una encuesta sobre las condiciones de empleo de los trabajadores desde el punto de vista internacional» y examinar las medidas internacionales necesarias para conducir a una acción común sobre los objetos referentes a las condiciones de empleo de los trabajadores y para proponer la forma de una institución permanente destinada a proseguir dichas encuestas y exámenes, .en cooperación con la Liga de las Naciones y bajo su dirección".
    Al concretar ese pensamiento, en los considerandos del célebre art. 427 del Tratado de Versalles se declara: "Las Altas Partes Contratantes, reconociendo que el bienestar físico, moral eintelectual de los trabajadores asalariados es de esencial importancia? desde d punto de vista internacional, han establecido el organismo permanente de que trata la sección I, asociado al de la Sociedad de las Naciones) (se refiere a la Organización Internacional del Trabajo)), para conseguir este elevado fin.
    "Reconocen que las diferencias de clima, de costumbres y usos, de oportunidad económica y de tradición industrial hacen difícil lograr de manera inmediata una absoluta uniformidad en las condiciones de trabajo. Pero, persuadidas de que el trabajo no debe ser considerado meramente como un artículo de comercio, piensan quejexisten métodos y principios para la reglamentación de las condiciones del trabajo que todas las comunidades industriales deben esforzarse por aplicar, hasta donde lo permitan las circunstancias especiales en que puedan encontrarse".
    La nota» característica de la organización la constituye la representación armónica de los trabajadores, de los patronos y de los Estados. Aunque establecida esta oficina como organismo asociado a la Sociedad de las Naciones, el art. 386 del pacto equiparaba la condición de miembro de ambas instituciones, porque los miembros originarios de la S. D. N. lo eran con el mismo carácter de la Oficina Internacional del Trabajo (abreviada O. /. T.); y, en lo sucesivo, el ser aceptado como miembro de aquélla implicaba serlo* también de ésta. Claro que ello so quebró al admitir en 1919 a Alemania y Austria como miembros tan sólo de la O. /. T., situación en Que también quedaron otros países, como los Estados Unidos y el Brasil, al retirarse de la S. D. N.
    La vitalidad y la confianza adquiridas por la O. I. T? se pusieron a prueba al resistir la disolución de su progenitora, la S. D. N., como consecuencia de la Segunda guerra mundial y de la creación del sucedáneo de la Organización dp la Naciones Unidas. Ese mismo acontecimiento, pero en su iniciación, determinó el traslado de Ginebra y de Suiza al Canadá, donde mantuvo su sede en Montreal. En la conferencia celebrada en París en 1945 quedó establecido quiénes serían los futuros miembros de esta organización, que ha quedado al margen de la Carta de las Naciones Unida». Son pues miembros de la O. /. T.: a) todos los Estados que pertenecían a ella al 19 de noviembre de 1945; ó) los miembros de la O. N. U. que lleguen a ser miembros de esta organización laboral; c)^los Estados que, aun no admitidos en la O. N^ U., lo sean en la O X. T. por el voto de los dos tercios .que incluya dos tercios también de delegados gubernamentales. Aunque la sede ha vuelto a Ginebra, los países no europeos pugnan por su traslado al Nuevo Mundo.
    En relación con la O. N. U., donde existe algo similar en el Consejo Económico y Social (v.e.v.), la situación de la O. I. T. no es de subordinación, sino de independencia y colaboración.. El ministro inglés Bevin exaltó tal posición en la XCIV reunión del Consejo , de la O. /. T., al declarar que el carácter tripartito de la organización, que une, como ninguna otra, los puntos de vista de los patronos, de los trabajadores y de los gobiernos, "debe tener una posición, en relación con la más alta autoridad, igual a la de cualquiera otra rama de la Organización.-Es decir, no puede colocársela en una; posición subordinada al Consejo Económico y Social; sino qua trabajar en pie de igualdad, a fin de que los puntos de vista de la industria, junto con las repercusiones económicas de cualquier proposición, puedan considerarse por la organización mundial en igualdad de términos. Es vitalmente importarte^que la posición y el lugar que en la historia ocupa la O. I. T. deba reconocerse y que la drgtózación no disminuya su rango".
    La O. I. T. es el órgano ejecutivo y permanente de la Organización Internacional del Trabajo, que consta además del Consejo de Administración, conio órgano directivo, y de la Conferencia Anual, como órgano legislativo. Concretamente; la O. /. T. prepara los trabajos de 1a Conferencia, centraliza y distribuye las informaciones relativas a la reglamentación de las condiciones en que los trabajadores se desenvuelven y en las cuales el trabajo se realiza.
    Las numerosas publicaciones que presenta la O. 1. T., los estudios de especialización que llevan su sello y las investigaciones constantes sobre las condiciones de trabajo y de la economía representan, sin duda alguna, junto con las convenciones y recomendaciones adoptadas por la Conferencia Internacional del Trabajo, la labor más seria y completa desarrollada en materia laboral, y hacen que dicho órgano haya adquirido prestigio universal y consideración en los más diversos sectores, y conseguido apoyo igual por parte de los trabajadores, de loa* patronos y de la mayoría de los Estados, (v. CONFERENCIA INTERNACIONAL DEL TRABAJO, ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO.)

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