Definición de OFERTA MERCANTIL


    Por la cómoda fórmula de lps códigos de comercio de referirse a los civiles en cuanto a la regulación de los principios de las obligaciones y contratos, han de aplicarse las normas generales sobre la oferta (v.e.v.) en cuanto no se hayan modificado. Así, el Cód. de Gom. arg. declara que "el consentimiento manifestado a un mandatario o emisario para un acto de comercio obliga a quien lo presta, aun antes de transmitirse al que mandó el mensajero" (art. 215). Los contratos mercantiles por correspondencia quedan perfeccionados desde que se contesta aceptando la propuesta o las condiciones con que ésta sea modificada (art. 54 del Cód. esp.).
    En notable monografía, Bonilla. San Martín presentaba un proyecto articulado de reglas sobre esta importante materia. Sus principales indicaciones son éstas: a) la oferta mercantil queda legalmente ior: mulada desde que el comerciante anuncia por circulares, periódicos, carteles, prospectos, rótulos u otro medio de publicidad alguna operación de comercio, a la cual se compromete; b) la oferta obliga si indica el objeto y el precio; c) ha dé ser aceptada dentro de las 48 horas en la misma plaza, o de las 24 horas de la llegada de la oferta a plaza distinta -d) subsiste la oferta, y se prolongan los plazos, si no se revoca la propuesta; e) la oferta caduca por la alteración de precios, agotamiento de existencias o motivo justo a juicio de los tribunales; /) la negativa a mantener los compromisos unilaterales debe Ser castigada penalmente como deslealtad o fraude.


    [Inicio] >>





Invitame un café en cafecito.app

ÚLTIMAS sentencias

Buscar en el sitio:


    • Codigo Civil Velezano Anotado  
    • Mapear Código de Velez

Síguenos en ...