- La situación más teórica que efectiva del Estado , que tiene prohibido declarar o hacer la guerra a cualquier otro. Se estima ello restricción importante de la soberanía, ya que se priva a tal pueblo de uno de los derechos característicos de la independencia. Suele constituir cláusula de los tratados de paz, en que al vencido se le impone el desarme obligatorio, la renuncia a la violencia internacional y otra serie de severas cláusulas que obligan a una ocupación celosa y permanente o concluyen como el desgraciado ensayo realizado con Alemania luego de 1919, que le permitió tomar incluso la ofensiva frente a sus confiados vencedores de antes y de después.
Neutralidad peculiar y perpetua, ya que tanto se ha prolongado, y más firme aún luego de la terrible experiencia de las dos guerras universales, la constituye la neutralidad suiza, pueblo que, por iniciativa propia, ha renunciado a la guerra como instrumento de política o relación internacional. Esta neutralidad cuenta con la garantía, más o menos exigible, de varios Estados, comprometidos a protegerla ante actos de hostilidad de otra potencia. Hasta la guerra de 1914, en que fueron cobardemente invadidas, constituían también ejemplos de neutralidad perpetua Bélgica y Luxemburgo. Esta condición no es incompatible con la posesión de un ejército, destinado a defender tal neutralidad, (v. NEUTRALIDAD NATURAL.)
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