Definición de NEGACIÓN DEL ACUSADO


    La defensa natural del inocente, víctima de una calumnia, de* una sospecha o de una persecución. ^ Actitud mentirosa con que el auténtico culpable pretende desorientar a la justicia y lograr su exculpación.
    En ambos supuestos se trata exteriormente de lo mismo: de la confesión negativa; es decir, la declaración de que no se han cometido los hechos imputados, y que no se tiene relación con las circunstancias comprometedoras. Por supuesto, aun tratándose de un auténtico culpable, desaparecido el tormento, al menos en la letra de las leyes, aunque no de todas las dependencias policíacas, y excusado el sospechoso de jurar decir la verdad, el sometido a interrogatorio como presunto o posible autor de un delito o falta se encuentra en la posición, aparentemente cómoda, de poder negar cuanto tienda a comprometerlo; pero ello es comprometedor también, como se ha observado; ya que, una contradicción, y es difícil mantener la continuidad en la mentira o en la invención, o la prueba de algún aspecto de la declaración por otro medio cierto, coloca al interrogado en la desfavorable situación de falsedad; y, por tanto, ante un indicio en contra muy grave. No se juega con. la justicia, y el engañarla revela interés poco claro o menos lícito en el asunto criminal.
    Psicológicamente, se ha observado )aun cuando pueda haber maestros de la ficción entre los reincidentes y los profesionales del delito) que el inocente niega de modo natural durante la mayor parte del examen; sin excluir que, encerrado en una red de adversas coincidencias, pueda, por torpeza, complicar su situación al negar hechos probados, por creer que eso favorecerá mejor y facilitará antes la prueba de su inocencia; o inventar una falsa coartada, por carecer de demostración convincente, aun siendo exacta su no intervención en el caso. Su misma turbación ante el cargo injusto puede perderlo o agravar su posición.
    Corphe observa que, por costumbre, el criminal niega, hasta que reconoce la inutilidad de su negativa, o cuando se convence de*que con la confesión puede mejorar los hechos; por ejemplo, presentándose como simple auxiliar, y recargando la participación de un fugitivo o muerto. Al sentirse convicto del hecho, adopta una actitud tonta, que puede turbarlo y crear armas contra él.
    Bentham declara que las falsas respuestas de los culpables constituyen "otros tantos testimonios proporcionados contra sí mismos"; "la defensa de un culpable que busca todas las posibles evasivas será un compuesto de verdad, subterfugios y falsedad", en que, por lo frágil del conjunto, basta una circunstancia única, bien probada, para conducir a la reconstrucción de toda la verdad.
    El negar habrá sin duda salvado a algunos; pero casi todos los que han confesado empezaron con protestas vehementes de inocencia; y, aun sin confesión, muchas sentencias ofrecen una prueba meridiana de la culpabilidad. Es una defensa natural la negación del acusado, pero no más eficaz que la abstención; la negativa a declarar (v.e.v.).


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