- El profesional que está adscrito oficialmente a un juzgado de instrucción en lo criminal. Con nombre menos expresivo y mucho más largo, fueron llamados en otro tiempo médicos auxiliares de la administración de justicia; y con impropiedad absoluta, por galicismo flagrante, les dicen algunos ahora médicos legistas o legistas tan sólo; vocablo que quiere decir, en verdad, jurisperito o profesor en leyes.
Tienen por función los forenses, como se les denomina usualmente, intervenir en los delitos cometidos contra las personas; ya para practicar la autopsia, si ha ocurrido una muerte violenta o existen indicios sospechosos, ya para asistir k los lesionados, heridos y enfermos sujetos a prisión preventiva; y para practicar cuantos reconocimientos les ordenen los jueces y tengan relación con sus conocimientos: naturaleza y causa de láridas y lesiones, análisis de manchas de sangre, posibles envenenamientos, salud mental de algún detenido o procesado, etc. (v. MEDICINA LEGAL.)
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