- Señal o distintivo estampado a fuego en los animales, para acreditar la propiedad de los mismos, evitar los hurtos y facilitar la recuperación del ganado perdido o robado.
Como país ganadero, en la Argentina existe detallada reglamentación al respecto. La marca indica y prueba acabadamente, y en todas partes, la propiedad del animal O del objeto. Es derecho de todo dueño de ganado mayor, libre para usar una o varias marcas. La marca no registrada sólo »8 indicio de propiedad. La señal es prueba en el ganado menor. Está prohibido el uso de marcas o señales no registradas. Ño se permite trozar las orejas, ni hacer orquetas y puntas de lanza a la raíz.
El ganado vacuno ha de ser marcado en el lado izquierdo, ya sea en la pierna, brazuelo, pescuezo o cabeza del animal. En los cueros vacunos y yeguarizos, la contramarca se hará en la quijada izquierda. La señal se hace en la quijada, en la frente, en la oreja o en la nariz del animal.
En cada gobernación se lleva un registro general de marcas y señales para el ganado mayor. Por la posibilidad de confusiones, y con el propósito de evitarlas antes de poner la marca, luego indeleble, se í1* de
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