Definición de "LEX JULIA DE MARITANDIS ORDINIBUS"


    Ley Julia sobre ordenación del matrimonio. Pertenece al grupo de las leyes caducarías, y fué dada por Augusto el año 18 a. de | | C., para combatir el celibato. Además de establecer beneficios a favor de los casados y de los padres de familia, privaba a los solteros de determinadas sucesiones. Estimulaba los matrimonios de los hijos e hijas sometidos a la patria potestad, y parece que prescribía la dote obligatoria de las hijas. Fué complementada por la "Lex Papia Poppaea" (v.e.v.).


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