Definición de "LEX FABIA"


    Perteneciente a comienzos del siglo II a. de J. C. Penaba con multa de 50.000 sextercios al que secuestrara, comprara o vendiera un ciudadano romano, un manumitido o un esclavo ajeno, y también a quien hubiera inducido al esclavo a fugarse de la casa de su amo.


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