Definición de LEGADO CAUSAL


    Llamado también remuneratorio, es aquel en el cual el testador manifiesta la causa o motivo del legado; por ejemplo, "lego tanto a N. N. por haberme salvado del naufragio". Se diferencia del modal u oneroso, en que éste se apoya en un hecho futuro, mientras el causal se basa en un acontecimiento pasado. Y se distingue del condicional, que depende del acontecimiento indicado por el testador, en que en el causal no basta para invalidarlo la inexactitud de la causa ni el ser contraria a derecho (como haber ayudado a eludir una pena), sino que se tiene la causa por no escrita. Únicamente se anula el legado causal cuando del testamento resulte que el testador no habría hecho el legado si hubiese conocido la falsedad de la causa (art. 767 del Cód. Civ. esp.); como si dijera que lega una cantidad a un individuo porque fué el único que hizo frente a los ladrones que lo despojaron, si luego se averigua que estaba en combinación con ellos, (v. LEGADO CONDICIONAL y MODAL.)

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